no comparte el premio

Cárcel por no repartir el premio.

No reparte el premio.

Tres amigos decidieron comprar un décimo de lotería nacional para el sorteo del niño del día 6 de enero 2018. Dicho décimo fue pagado a partes iguales y guardado por uno de ellos. Una vez pasado el sorteo del niño, este número fue agraciado con el premio primero, con un importe de 200.000 euros.

El décimo lo compro uno de los amigos en una administración de loterías de Bilbao. Fotografiaron el décimo con el móvil para tener constancia del número jugado.

La persona encargada de la custodia del décimo, una vez sabedora del premio obtenido. Cobra el premio del décimo dos días después del sorteo. Esta persona no reparte el premio con los amigos justificando que no jugaban juntos y en todo caso no habían pagado su parte.

Los amigos le denunciaron ante la audiencia de Vizcaya. La sentencia le considera culpable por apropiación indebida. Ya que se apropio del total del premio de 200.000 euros y no había repartido el premio con los dos amigos. Dando la parte correspondiente a sus dos amigos.

Sentencia de la audiencia de Vizcaya.

La sentencia considera que los echos están probados. Condena a este hombre a dos años de prisión y la entrega de la parte correspondiente del premio a cada amigo. Ademas del pago de una multa de 12 euros diarios durante siete meses.

La condena se agrava al superar los 50.000 euros. El condenado no reparte el premio a sabiendas que no le pertenecía. Pudiendo demostrar que en repetidas ocasiones le llamaron por teléfono si respuesta alguna. El tribunal considero creíble la versión de los perjudicados ante el pago de la parte proporcional del valor del décimo por cada uno de ellos. Dejaron el décimo en custodia del acusado por confianza y amistad. Creando en ese momento contrato verbal. En su defensa el acusado declaro que la fotografía que hizo al décimo fue con animo de que sus amigos supieran el número que juega él. En ningún caso que fuese un décimo compartido.

Según la audiencia se aprovecho  de “una relación de amistad”, para un “enriquecimiento ilícito a costa de los otros dos adquirientes del décimo”.

La avaricia de algunas personas se anteponen a la amistad. Al final no le sirvió para nada el premio. Arruino su vida por apenas 50.000 euros. Una vez descontados los impuestos que había en ese momento. Un premio compartido y celebrándolo todos juntos te hace mucho mas feliz.

Jugadas compartidas, cobro y repartición de premios de forma individual.

 

 

 

 

 

Administración de Lotería Agustina Cano: Lotería Cano

Como montar una administración de loterías.

Como montar una administración de loterías.

Las administraciones de loterías es un sector que depende de loterías y apuestas del estado. Y que a su vez depende del ministerio de hacienda. El cual dispone de una red de venta que son las administraciones de loterías. Estas administraciones de loterías son independientes porque es un negocio que gestiona el titular de la misma. Y como es lógico dependen de la normativa de loterías y apuestas del estado.

Dentro de las concesiones para la venta de lotería y terminales para resto de los juegos. Existen tres formatos que son:

  1. Administraciones Integrales. Son locales donde se comercializa en exclusiva todos los juegos del estado.
  2. Mixtos. Son negocios donde se comercializa juegos estatales a través del terminal de loterías. En este caso la actividad principal es otra. El terminal de loterías es un complemento a la actividad principal.
  3. Especiales. Son las administraciones de loterías concedidas en el interior de centros comerciales. O centros laborales o de alguna otra índole.

Para adquirir una administración de loterías se puede obtener de dos formas:

  • Mediante concurso público. Se publicaran en el BOE los sitios donde se podrá montar una administración de loterías. Estos lugares están determinados por loterías y apuestas del estado en función de habitantes o puntos de venta cerrados.
  • Y otra forma es por la compra de una administración de loterías ya existente. Así podemos comprar la licencia para comercializar los juegos del estado. Pero en este caso debemos de permanecer en el lugar donde está asignada. No necesariamente en el mismo local. Pero si en la zona, y no se podrá volver a vender en al menos cinco años.

Requisitos generales para montar una administración de loterías

En los dos casos debemos de cumplir una serie de requisitos. Con la finalidad de que loterías y apuestas del estado nos acepte tanto el cambio de titularidad como el acceso a concurso público. Y en lo que a lo personal se refiere la persona interesada tiene que ser Español. Y no ser o haber sido titular de una administración de loterías. No tener deudas con hacienda o con la seguridad social. Los antecedentes penales deben de estar sin ninguna anotación importante. No tener ningún trabajo incompatible con el sector.

El local debe de cumplir la normativa actualizada en el momento del cambio de titularidad o concesión administrativa. Y todas las medidas de seguridad, cristales de seguridad, caja fuerte y alarma. Adecuar el local a la estética que establece loterías y apuestas del estado. Mantener la distancia establecida entre administraciones o puntos mixtos.

Desde aquí, te puedes descargar la APP para jugar de forma rápida y segura.

 

Que hacer si te encuentras un décimo de lotería premiado

Que hacer si te encuentras un décimo premiado

Estas obligado por ley tanto a devolverlo como a cobrar una compensación.

Que pasa si te encuentras un décimo premiado o un boleto y este tiene premio.  ¿Estarías obligado a devolverlo?. O de lo contrario por el hecho de encontrarlo te pertenece el premio. Y si lo entrego ¿me corresponde una parte del premio?. Te has hecho alguna vez esta pregunta.

El hecho de encontrarte un boleto premiado no te da derecho a quedarte con el, deberás devolvérselo a su dueño si le conoces. En caso contrario se entregara a las autoridades correspondientes según esta establecido en el código civil  el articulo 616.

En el caso de que decidas  cobrarlo, estarías incurriendo en un delito. Ya ha habido sentencias que han obligado a la persona que se encontró el décimo premiado y decidió cobrarlo a devolver el importe del premio así como los gastos judiciales a su legitimo dueño y los intereses generados en ese tiempo. Se publico en el diario El Mundo:

“El Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo le obliga a devolver los 320.580 euros que cobró tras la deducción de impuestos y le impone una multa de 1.080 euros. Está considerada autora de un delito de apropiación indebida por quedarse con un billete que había encontrado y cobrarlo en el banco como suyo al comprobar que estaba premiado”.

Pero tienes derecho según la ley a una gratificación del 10% del valor total del premio. Una vez encontrado el dueño bien por parte tuya o por parte de las autoridades. Puedes reclamar el 10% del premio.

Jugando a través de la plataforma de juegos www.loteriacano.com. Se evita por un lado la perdida o extravíos de los décimos. Y por otro lado las jugadas pasan de ser anónimas a nominativas con lo cual todas tienen registrado a su dueño y con la garantía de estar la web registrada en loterías y apuestas del estado.

 

 

Retención de impuestos en premios

Modificación del mínimo exento del impuesto sobre los premios.

Hasta ahora pesaba sobre los premios de mas de 2.500 € una retención de impuestos del 20%. A partir del día 4 de Julio de 2018 se publica en el Boletín Oficial del estado la Ley 6/2018, de presupuestos generales del estado para el año 2018. La cual establece una modificación de un incremento del mínimo donde aplicar la retención. Que pasa de 2.500 euros a 10.000 euros por apuesta o décimo. A partir de la publicación en el B.O.E de dicha Ley. Y también se amplia para los años siguientes, quedando el mínimo exento de la siguiente forma:

  • Primeros 10.000 euros exentos para los premios de juegos celebrados a partir del 5 de julio de 2018.
  • Primeros 20.000 euros exentos para los premios de juegos celebrados a partir de 1 de enero del 2019.
  • Primeros 40.000 euros exentos para los premios de juegos celebrados a partir de 1 de enero del 2020.

Es decir, todos los premios hasta el día 31 de diciembre de 2018, tendrán un mínimo exento de gravamen de 10.000 euros.

Para los premios de loterías superiores a 10.000 euros, tendrán un gravamen especial del 20 % aplicable a la cuantía que exceda de los 10.000 euros.

ww.loteriacano.com