no comparte el premio

Cárcel por no repartir el premio.

No reparte el premio.

Tres amigos decidieron comprar un décimo de lotería nacional para el sorteo del niño del día 6 de enero 2018. Dicho décimo fue pagado a partes iguales y guardado por uno de ellos. Una vez pasado el sorteo del niño, este número fue agraciado con el premio primero, con un importe de 200.000 euros.

El décimo lo compro uno de los amigos en una administración de loterías de Bilbao. Fotografiaron el décimo con el móvil para tener constancia del número jugado.

La persona encargada de la custodia del décimo, una vez sabedora del premio obtenido. Cobra el premio del décimo dos días después del sorteo. Esta persona no reparte el premio con los amigos justificando que no jugaban juntos y en todo caso no habían pagado su parte.

Los amigos le denunciaron ante la audiencia de Vizcaya. La sentencia le considera culpable por apropiación indebida. Ya que se apropio del total del premio de 200.000 euros y no había repartido el premio con los dos amigos. Dando la parte correspondiente a sus dos amigos.

Sentencia de la audiencia de Vizcaya.

La sentencia considera que los echos están probados. Condena a este hombre a dos años de prisión y la entrega de la parte correspondiente del premio a cada amigo. Ademas del pago de una multa de 12 euros diarios durante siete meses.

La condena se agrava al superar los 50.000 euros. El condenado no reparte el premio a sabiendas que no le pertenecía. Pudiendo demostrar que en repetidas ocasiones le llamaron por teléfono si respuesta alguna. El tribunal considero creíble la versión de los perjudicados ante el pago de la parte proporcional del valor del décimo por cada uno de ellos. Dejaron el décimo en custodia del acusado por confianza y amistad. Creando en ese momento contrato verbal. En su defensa el acusado declaro que la fotografía que hizo al décimo fue con animo de que sus amigos supieran el número que juega él. En ningún caso que fuese un décimo compartido.

Según la audiencia se aprovecho  de “una relación de amistad”, para un “enriquecimiento ilícito a costa de los otros dos adquirientes del décimo”.

La avaricia de algunas personas se anteponen a la amistad. Al final no le sirvió para nada el premio. Arruino su vida por apenas 50.000 euros. Una vez descontados los impuestos que había en ese momento. Un premio compartido y celebrándolo todos juntos te hace mucho mas feliz.

Jugadas compartidas, cobro y repartición de premios de forma individual.

 

 

 

 

 

Retención de impuestos en premios

Modificación del mínimo exento del impuesto sobre los premios.

Hasta ahora pesaba sobre los premios de mas de 2.500 € una retención de impuestos del 20%. A partir del día 4 de Julio de 2018 se publica en el Boletín Oficial del estado la Ley 6/2018, de presupuestos generales del estado para el año 2018. La cual establece una modificación de un incremento del mínimo donde aplicar la retención. Que pasa de 2.500 euros a 10.000 euros por apuesta o décimo. A partir de la publicación en el B.O.E de dicha Ley. Y también se amplia para los años siguientes, quedando el mínimo exento de la siguiente forma:

  • Primeros 10.000 euros exentos para los premios de juegos celebrados a partir del 5 de julio de 2018.
  • Primeros 20.000 euros exentos para los premios de juegos celebrados a partir de 1 de enero del 2019.
  • Primeros 40.000 euros exentos para los premios de juegos celebrados a partir de 1 de enero del 2020.

Es decir, todos los premios hasta el día 31 de diciembre de 2018, tendrán un mínimo exento de gravamen de 10.000 euros.

Para los premios de loterías superiores a 10.000 euros, tendrán un gravamen especial del 20 % aplicable a la cuantía que exceda de los 10.000 euros.

ww.loteriacano.com